A partir del sábado de Julio, y finalizando el jueves día 20, hay plazo para declarar, e ingresar, el I.V.A. correspondiente al segundo trimestre de 2023 así como el ingreso a cuenta de la renta (I.R.P.F.), tanto por la cantidad retenida a los trabajadores por este concepto, como la entrega a cuenta del empresario.

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